Nuevas disposiciones para pagos de Impuesto sobre la Renta (ISR) por compra venta de casa habitación
Aquí te damos cuales son los requisitos y supuestos para que al vender tu casa habitación no pagues Impuesto sobre la renta, así no tendrás sorpresas al cerrar la venta. Como sabemos la casa habitación, no es solo un inmueble, es nuestra casa, nuestro patrimonio, y es por eso que te asesoramos para que la venta de tu casa sea lo más rápido, sin sacrificar el precio.
Para quedar Exento del Ingreso se deben dar los siguientes supuestos:
- Que el contribuyente haya residido en la casa habitación durante los últimos 5 años anteriores a la fecha de enajenación.
- Que la superficie del terreno no exceda en más de tres veces la superficie del área cubierta que integra las construcciones de la casa habitación. En el caso de que exceda deberá calcularse el impuesto sobre el valor del excedente de terreno.
- Cuando el contribuyente haya residido o habitado la casa habitación por un termino menor a cinco años, solo estará exenta hasta la cantidad de un millón quinientas mil Unidades de Inversión (UDI) (1’500,000 X 3.8 = 5’700,000 pesos)
- Que constituya la primera enajenación de casa habitación efectuada en el año calendario que se trate.
- Que el enajenante exhiba cuando menos un comprobante por cada ejercicio anterior a la enajenación.
¿Cuáles son los comprobantes que necesito?
- Credencial de elector, expedido por el Instituto Federal Electoral (IFE)
- Recibos de Luz, agua o teléfono fijo.
Los comprobantes deberán estar a nombre del dueño de la casa, el cual la quiere vender o a nombre de su cónyuge o de sus ascendientes o descendientes en línea recta (padres del dueño o hijos del dueño).
Estos información te será de mucha utilidad al decidir vender o comprar tu casa, no dudes en consultarnos para mas información, siempre puedes contar con M&L tu casa inmobiliaria. |